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El Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE el 26 de junio, entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y reforma el Reglamento General de Circulación para proteger a los usuarios vulnerables de la vía. Fija en 15 años la edad mínima del patinete, impone el casco a los ciclistas en carretera y endurece los adelantamientos. La Autoescuela OFF-ROAD, en Badajoz, ha resumido los cambios para sus alumnos.
Qué cambia para los patinetes eléctricos y demás VMP desde el 1 de octubre de 2026
Los vehículos de movilidad personal reciben la regulación más detallada de toda la reforma. Desde el 1 de octubre, quien circule en patinete por Badajoz o por cualquier municipio de Extremadura deberá cumplir estas condiciones:
- Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
- Casco de protección homologado o certificado obligatorio.
- Obligación de señalizar las maniobras con el brazo.
- Alumbrado siempre encendido.
- De noche o con visibilidad reducida, un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.
- Chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías para quienes trabajen circulando en VMP.
- Las personas con movilidad reducida que usen un VMP a velocidad de paso humano tendrán la consideración de peatones.
Los patinetes siguen sin poder circular por autopistas, autovías, travesías, túneles urbanos y, con carácter general, vías interurbanas. Sí podrán hacerlo por vías ciclistas, carriles bici, pistas bici, sendas ciclables y vías donde esté prohibida la circulación de vehículos a motor, aunque estén situadas fuera de poblado, salvo que una señal lo prohíba expresamente.
Casco homologado, guantes y calzado cerrado: lo que cambia para motoristas y ciclomotores
Conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y quads deberán utilizar casco homologado conforme al Reglamento UNECE R22 y correctamente abrochado en todo tipo de vías, guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado que cubra todo el pie. Los ciclomotores disponen de un periodo transitorio de un año y podrán seguir usando cascos meramente certificados hasta el 1 de octubre de 2027.
El real decreto suprime además el apartado 3 del artículo 119, que permitía no utilizar el casco por razones médicas graves debidamente acreditadas. Solo se mantiene la exención para los vehículos que cuenten con estructuras de autoprotección y cinturones de seguridad reflejados en la tarjeta de inspección técnica, en cuyo caso deberá usarse el cinturón.
En cuanto al chaleco, los profesionales que trabajan circulando en moto o ciclomotor deberán llevarlo puesto mientras circulan, y todas las motocicletas tendrán que llevar uno como dotación obligatoria del vehículo para utilizarlo al abandonarlo y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana. No se impone con carácter general que todos los motoristas conduzcan con el chaleco puesto.
Como contrapartida, las motocicletas podrán utilizar el arcén derecho en retenciones, pero solo en tramos previamente autorizados y señalizados, con los carriles detenidos por congestión, a un máximo de 30 km/h y en columna de uno. Los ciclomotores, en cambio, pierden la posibilidad de circular en columna de a dos por el arcén.
Casco obligatorio en carretera y nuevas reglas urbanas para los ciclistas
Desde el 1 de octubre de 2026 el casco es obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas, sin las exenciones que permitían prescindir de él en rampas ascendentes prolongadas, por razones médicas acreditadas o en condiciones extremas de calor. Los menores de 16 años deberán utilizarlo en todo tipo de vías y los profesionales que trabajan en bicicleta, también en vías urbanas y travesías.
En ciudad se establece un régimen básico nuevo: las bicicletas circularán por la calzada cuando no exista una vía específica, el uso del carril bici será preferente —y podrá hacerse obligatorio mediante la señal R-407 a—, no podrán ir por las aceras salvo menores de hasta 12 años acompañados por un adulto a pie, circularán preferentemente por el centro del carril y podrán adelantar por la derecha o por la izquierda según resulte más seguro. Los vehículos a motor que circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de cinco metros.
Se amplían también las posibilidades de transporte: un adulto podrá llevar pasajeros y carga, en ciclos concebidos para una sola persona se podrá transportar en un asiento adicional a menores de hasta 22 kilos capaces de sentarse solos, y se permiten remolques y semirremolques para personas, carga o animales de hasta 15 kilos.
Adelantar a un ciclista fuera de poblado exige 1,5 metros y 20 km/h menos
El cambio con más recorrido para los conductores de Badajoz y de la cuenca del Guadiana está en el adelantamiento. Al rebasar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, VMP, ciclistas o grupos de ciclistas hay que mantener 1,5 metros de separación lateral, ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario y, si existen dos o más carriles por sentido, realizar un cambio completo de carril.
Fuera de poblado se añade una reducción de velocidad: el vehículo que adelanta debe circular al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía. En una carretera limitada a 90 km/h, el adelantamiento se hará como máximo a 70 km/h. La reducción se calcula sobre el límite de la vía, no sobre la velocidad a la que se venía circulando.
La misma regla de 1,5 metros y 20 km/h se aplica al rebasar vehículos averiados, accidentados o de auxilio que ocupen total o parcialmente el carril. Y en los tramos donde el adelantamiento está prohibido se amplía la excepción que ya existía para bicicletas y ciclomotores: ahora alcanza también a los vehículos de movilidad personal y a los vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos.
Peatones, autocaravanas y un nuevo título que marcará las ordenanzas de Badajoz
La reforma refuerza la prioridad peatonal: las aceras quedan configuradas como espacio reservado a la movilidad y la estancia peatonal, los vehículos que crucen una zona peatonal deberán dejar pasar a los peatones y estos no podrán atravesar la calzada de una glorieta salvo que exista un paso habilitado. En vías interurbanas, de noche o con baja visibilidad, tendrán que llevar un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros.
El texto regula además por primera vez a escala estatal el estacionamiento de autocaravanas: se considerará estacionamiento —y no acampada— cuando no se extiendan elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, este descanse sobre sus neumáticos, aunque se usen calzos o cuñas, y no se viertan fluidos procedentes del habitáculo.
Se incorpora también un nuevo título VI, artículos 151 a 158, que crea un marco estatal común para las ordenanzas municipales. Los ayuntamientos de la Tierra de Badajoz podrán desarrollarlo —zonas de prioridad residencial, tarificación del estacionamiento según tamaño y etiqueta ambiental, restricciones en zonas de bajas emisiones, caminos escolares seguros o calmado de tráfico junto a colegios, hospitales y centros de mayores—, pero no contradecirlo ni desvirtuarlo.
Hay un detalle que afecta de lleno a las autoescuelas pacenses: desaparecen las exenciones al uso del cinturón que existían para conductores de taxi, distribuidores de mercancías y para quienes acompañan a un alumno o aprendiz durante el aprendizaje de la conducción o las pruebas de aptitud. Los autobuses con pasajeros de pie o sin cinturones quedan limitados a 80 km/h en cualquier vía fuera de poblado.
Calendario de aplicación: qué se exige en octubre de 2026 y qué se aplaza a 2027
La reforma entra en vigor con carácter general el 1 de octubre de 2026. Quedan aplazadas al 1 de octubre de 2027 dos obligaciones concretas: el alumbrado encendido durante el día en los VMP en condiciones normales de visibilidad —el alumbrado entre el ocaso y la salida del sol ya es obligatorio conforme a los artículos 98, 99 y 106 del Reglamento— y el casco homologado, y no solo certificado, en los ciclomotores.
La exigencia de guantes homologados en vías interurbanas queda condicionada a la orden ministerial que fije sus especificaciones técnicas; hasta que se publique servirán guantes de protección de las mismas características que los que se usan ahora. La Jefatura Central de Tráfico deberá además constituir en el plazo de un año grupos técnicos de expertos para formular recomendaciones sobre caminos, rutas y entornos escolares.
El resumen completo de la reforma lo ha elaborado la Autoescuela OFF-ROAD, en la plaza Autonomía Extremeña de Badajoz, para sus alumnos y para cualquier conductor pacense que quiera repasar los cambios antes del 1 de octubre.
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