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VERI*FACTU para autónomos y pymes de Badajoz: qué preparar antes de 2027

En pocas palabras

Guía sencilla para preparar el programa de facturación, copias, series y procesos ante los requisitos de los sistemas informáticos de facturación.

Actualizado y comprobado: 5 de septiembre de 2026. Los autónomos y pequeñas empresas que facturan con ordenador deben revisar con tiempo si su programa se adapta a las nuevas reglas de los sistemas informáticos de facturación. Esperar al último mes aumenta el riesgo de perder datos o contratar con prisa.

Lo esencial

  • La obligación afecta al sistema usado para emitir y conservar registros de facturación.
  • El proveedor debe explicar por escrito qué versión cumple la normativa.
  • Migrar exige conservar históricos, series y copias de seguridad.
  • La situación fiscal concreta debe revisarse con una asesoría o la Agencia Tributaria.

Qué preguntar al proveedor

Fecha de actualización, coste, requisitos técnicos, forma de generar registros, copias, exportación y soporte. También debe aclarar si trabaja en modalidad VERI*FACTU y cómo gestiona rectificaciones y anulaciones.

Haz una prueba con datos que no comprometan el negocio

Antes de cambiar, hay que probar clientes, productos, impuestos, series, facturas rectificativas y exportaciones. La copia del programa antiguo debe conservarse según las obligaciones aplicables y con acceso controlado.

Cuidado con mensajes comerciales alarmistas

La normativa es real, pero no todo correo que amenaza con sanciones inmediatas es fiable. Las fechas y requisitos deben verificarse en la Agencia Tributaria. Un proveedor no debería pedir claves fiscales por correo o mensajería.

Qué puede hacer el lector

  • Pedir al proveedor una declaración clara de compatibilidad.
  • Planificar copia, prueba y migración antes de cambiar.
  • Confirmar con asesoría el calendario aplicable al negocio.

Fuentes consultadas

Agencia Tributaria: sistemas informáticos de facturación. Consulta realizada el 5 de septiembre de 2026.

BOE. Consulta realizada el 5 de septiembre de 2026.

Información general. Las condiciones personales, fiscales, técnicas o contractuales deben confirmarse con el organismo o profesional correspondiente.

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